De Iustitia et Iure

De Iustitia et Iure 1642 lt Más información
Escrito por: Juan de Lugo

Juan de Lugo fue el último de los grandes autores escolásticos de la llamada “Escuela de Salamanca”, a quienes Schumpeter consideraba como los primeros economistas verdaderos de la historia. Tanto en su método como en las conclusiones alcanzadas, Lugo anticipó muchos de los importantes hallazgos de la escuela austriaca de economía, como la existencia de relaciones causales en la determinación de los precios, la ley de la oferta y la demanda, la valoración subjetiva de los bienes, etc.

En lo que a pensamiento económico se refiere, su obra más significativa es De Iustitia et Iure y más concretamente las disputas XXV (sobre la usura), XXVI (sobre la compra-venta) y XXVIII (sobre los cambios).

La aproximación a la economía de Juan de Lugo, al igual que la del resto de autores escolásticos, parte de su reflexión sobre filosofía moral. Buscaban conocer mejor los asuntos económicos para poder emitir un juicio sobre lo que estaba bien o mal, para discernir lo que era lícito de lo que no. Sin embargo, como ha señalado Fabio Monsalve, esto no disminuye la validez científica de las conclusiones económicas alcanzadas por los escolásticos.

La preocupación moral conducía al análisis económico: conocer el valor, el precio justo de los bienes, era el único camino que, a posteriori, permitiría determinar si un contrato fue justo o injusto. En otras palabras, era necesario responder primero a la pregunta: ¿cuál es el valor de un bien?, para poder responder, con posterioridad, a la pregunta: ¿fue el intercambio justo?

Los tratados De Iustitia et Iure son un intento de analizar los diferentes tipos de contratos existentes y ver bajo qué condiciones se respetaba la justicia conmutativa y en cuáles no; es decir, en qué tratos una de las partes salía perjudicada o beneficiada. Para Juan de Lugo, esta exigencia de la justicia conmutativa es un requisito lógico de la vida en comunidad, una necesidad derivada de la existencia de las sociedades. El hombre no puede sobrevivir por sí solo, por lo que se une a otros y de este modo se desarrolla completamente como ser humano. La sociedad civil, así constituida, garantiza la paz y ayuda necesarias para que el hombre satisfaga sus necesidades. De esta forma nacieron el comercio, la división social del trabajo y la sociedad misma. Según Lugo, ningún hombre tiene el derecho de abusar de otros, pues iría contra la propia lógica que explica la constitución de la sociedad.

Para Juan de Lugo, los negocios eran completamente lícitos. La posibilidad de mentiras, fraudes, engaños, etc., no son características intrínsecas de los negocios sino que es la voluntad de los hombres la que puede viciar la negociación que de por sí no es ni buena ni mala, sólo necesaria.

Como escolástico, Lugo seguía una metodología que buscaba la explicación de los fenómenos a partir de los agentes causales, en oposición a la visión mecanicista que se empezó a desarrollar a partir de la Revolución Científica que cree que basta con explicar cómo suceden las cosas sin necesidad de buscar el agente causal que las produce. En la visión mecánica se desvinculan los hechos del agente que los produce: la economía se transforma en una máquina que funciona sola, con independencia de los individuos. Por el contrario, para los escolásticos, al igual que para los posteriores economistas de la escuela austriaca, no se pueden entender los hechos si no se parte del agente que los produce. Según Monsalve, “frente a la visión mecanicista de la ilustración, en la escolástica se apuesta por una visión en la que el individuo y su libertad son protagonistas de la sociedad”.

El enfoque metodológico de Juan de Lugo le llevó a defender una aproximación subjetiva a la cuestión de la valoración de los bienes.

Lugo diferencia expresamente entre la utilidad del bien para satisfacer necesidades humanas y la estima que los hombres tienen de esa utilidad. De los dos conceptos es el segundo la verdadera fuente del valor de los bienes.

Juan de Lugo reconoce, de forma coherente con una teoría subjetiva del valor-utilidad, que es posible admitir apreciaciones distintas en cada comunidad sobre cuál sea el valor de los bienes. Los precios se establecían a partir de la estimación común. El concepto de estimación común, según ha dicho Raymond de Roover, parece ser idéntico a estimatio fori o evaluación de mercado, ya que las dos expresiones eran usadas indistintamente por los escolásticos. Para Lugo, los precios fluctúan no debido a la perfección intrínseca y absoluta de los artículos sino como consecuencia de su utilidad respecto a la necesidad humana, y por consiguiente solo a causa de la estimación. Este proceso se sustenta en el libre y voluntario consentimiento, en la dimensión moral de los agentes económicos y en la recta razón. Los precios no se fijan de manera unívoca pues es imposible saber de manera determinada, consideradas las distintas apreciaciones, cuál sea el valor matemáticamente justo del bien. Así, como ha destacado Huerta de Soto, Juan de Lugo se dio cuenta de la imposibilidad de alcanzar los hipotéticos precios de un modelo de equilibrio. El precio de equilibrio dependía de tan gran cantidad de circunstancias específicas que sólo Dios podía conocerlo («pretium iustum mathematicum licet soli Deo notum»).

Según Juan de Lugo, partiendo de la subjetividad y las diferentes estimas de los individuos sobre la utilidad de los bienes, habremos de reconocer como justos intercambios que podrían no parecerlo.

Lugo rechaza la idea del valor-trabajo, negando que los mercaderes pudieran incluir en el precio de venta los costes en los que incurrían. Si esto fuera cierto no existiría el precio-justo (que para Lugo coincidía con el precio de intercambio) ya que entonces una de las partes podría aumentar el precio unilateralmente. Los precios se establecen mediante regateo a través de la estimación común.

Juan de Lugo denominaba “precio natural” al precio justo al que se llegaba por medio de la estimación de los hombres. El precio natural se ve afectado por: 1) la mayor utilidad que posee el bien para satisfacer necesidades y la estima en que esa utilidad se tiene; 2) la escasez de lo que se vende; 3) la abundancia de compradores; 3) la abundancia de dinero; 4) los modos de comprar. De esta relación se infiere que Lugo conocía los mecanismos de la oferta y la demanda y su incidencia en el precio.

Existen otras circunstancias que pueden afectar a operaciones particulares: 1) la existencia de lucro cesante o daño emergente para alguna de las partes derivado de la operación; 2) el riesgo que alguna parte corre de no recibir el pago; 3) la compra de obligaciones o créditos a menor precio que el nominal por la existencia de incertidumbre sobre el cobro; 4) la forma de la venta; 5) cuando el vendedor tiene particular y especial aprecio por la cosa vendida; 6) cuando la transacción se realiza para favorecer a la otra parte.

Para Juan de Lugo además del precio natural existía otra manera de determinar el precio justo: a través del decreto del príncipe o magistrado. A este precio lo llama el “precio legal”. El precio legal es un precio justo siempre que la autoridad lo establezca teniendo en cuenta el bien común y se adecue al precio natural existente con anterioridad a la ley, a menos que haya circunstancias de urgencia.

En cuanto al dinero, para Juan de Lugo éste surgía en la sociedad como medio de superar los inconvenientes del trueque. Al introducir el dinero ya no se intercambian dos bienes entre sí sino que se paga un “precio” por una mercancía. La consecuencia de este cambio es que el metal o metales escogidos como patrón monetario se convertirán en dinero. Se plantea entonces el problema de la doble valoración de la moneda: en cuanto dinero con un valor legal y en cuánto tal cantidad de metal. Lugo se preguntó si el príncipe tenía potestad para acuñar una moneda con valor sensiblemente distinto del natural. La acuñación de moneda otorgaba un gran poder al príncipe de la república. Éste podía verse tentado de acuñar moneda con valor legal por encima del natural en relación con la cantidad de metal que incorporaba. De esta forma podía solucionar a corto plazo problemas de su hacienda. Lugo previno contra esta actitud y la posibilidad de fijación arbitraria del valor de la moneda.

En cuanto al fenómeno del interés, aunque creía que el dinero en sí mismo era estéril y estaba en contra de la usura, reconoció ciertas excepciones que, en la práctica, justificaban el cobro de interés en todos los préstamos. Estas excepciones eran el riesgo y el lucrum cessans. En cuanto al riesgo, según Lugo era casi imposible prestar una cantidad de dinero con la completa seguridad de que este sería devuelto. En cuanto al lucro cesante, este concepto, que puede considerarse una percepción embrionaria de la preferencia temporal, se refería a la consideración debida al prestamista en virtud de las oportunidades de ganancia que se perdían debido a la concesión del préstamo. Lugo amplió el concepto para incluir no solo el beneficio al que se renunciaba sino también las expectativas de beneficio remoto.

La afinidad entre el pensamiento de Juan de Lugo y el de Carl Menger se manifiesta en las similitudes entre el individualismo metodológico de este último y el método utilizado por Lugo, en el que se prima la posición del individuo en las relaciones económicas. Según Schumpeter, Juan de Lugo fue tan preciso como Menger al señalar el componente utilitario y subjetivo del valor de los bienes. Tanto para Schumpeter como para Rothbard, en Lugo están presentes todos los elementos de una teoría completa de la oferta y la demanda y la única carencia es la del concepto de utilidad marginal desarrollado en el siglo XIX.

Las similitudes entre los planteamientos de Juan de Lugo y los de la escuela austriaca de economía han sido destacadas también por Monsalve.

En conclusión, en cuanto a su obra económica, podemos afirmar que Juan de Lugo constituye un magnífico ejemplo de la potencia del individualismo metodológico y del análisis lógico-deductivo como método de estudio de la economía y que, en la práctica de este método, Juan de Lugo “de tal manera aplica la segur a la raíz, que las razones que él aduce son difícilmente refutables”.


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